ESPAÑA Y SU ABSURDO REGLAMENTO DE ARMAS Y EXPLOSIVOS
A nadie le cuento nada que no sepa si le digo que la mayoría de nuestros políticos y legisladores son unos incompetentes, cuyo ego no permite que nadie les aconseje ni corrija. Tampoco diré nada que no se sepa si comento la absoluta falta de información y el total desconocimiento sobre armas, municiones y realidad actual demostrada por esos incompetentes que en su día redactaron el actual reglamento de armas y explosivos, y nadie se sorprenderá si digo que la próxima revisión, cuando se produzca, será probablemente mucho peor.Y es que esos legisladores, además de no tener la más mínima idea de lo que tienen entre manos, no permiten que nadie que sí tenga esos conocimientos les asesore en bien de un reglamento justo, cabal, proporcionado y acorde a las necesidades de aquellas personas a quienes va dirigido. Y ello siempre pensando (bien) que no se escondan en esta absurda reglamentación oscuros intereses que justifiquen un reglamento tan incumplible como el que padecemos.
No es entendible que un tirador olímpico esté limitado a una única arma cuando obtiene la licencia F, obligatoria y necesaria para poder practicar esta modalidad deportiva, mientras que no ascienda de categoría lo que se logra consiguiendo una determinada puntuación. Esta absurda limitación impide al deportista poder optar a más de una modalidad de tiro olímpico, limitando así también su posibilidad de destacar en mas de una modalidad y comprobar en cual se desenvuelve mejor.
Igualmente absurdo es limitar la posesión a seis armas a aquel tirador que ha demostrado pericia en este deporte logrando ascender a la segunda categoría. ¿Qué lo motiva?. Motivos de seguridad no se sostienen, pues si es por impedir que haga un uso ilícito, con solo una unidad se tiene más que de sobra, y ya cuando se pueden tener 6 (o 10 en primera categoría) se sostiene menos aún. No creo que se presuponga que un tirador olímpico vaya a ir cargado de armas disparando a todo lo que se mueva con su media docena de manos, sobre todo porque solo tiene dos. Y no parece razonable pensar que si pretende iniciar una revolución por su cuenta, necesite más de 6 armas. Es decir, que seis o seiscientas, da lo mismo. A no ser que el gobierno de turno tema una sublevación y tema que el ciudadano con muchas armas pueda repartirlas a los vecinos que carezcan de ellas para esa supuesta revolución armada. Porque un gobierno legítimo, no corrupto y justo no debería nunca temer algo así, ¿no?. En España, vaya por delante que eso no lo debe de temer ni un buen gobierno, ni el más corrupto e injusto de los gobiernos posibles, pues estamos idiotizados, y somos lo más sumiso y agilipollado que pueda desearse, como venimos demostrando muchas décadas. A no ser que nos toquen el fútbol, que entonces lo mismo si nos sublevamos, pues ya digo que somos idiotas.
Si tenemos claro que permitir más armas no supone un mayor peligro, convergeremos en que esa norma no tiene razón de ser. Sin embargo, no es que exista, es que está peor que nunca, pues recordemos que hace años un tirador de tercera categoría podía poseer tres armas cortas. Algún lumbreras decidió que debía rebajarse el cupo a dos ocasionando importantes perjuicios a aquellos deportistas que poseían tres, que las tuvieron que depositar en las Intervenciones de Armas viéndose obligados a ascender a la siguiente categoría, a inutilizar ese arma, o a venderla. No contentos con eso, mas tarde a otro “iluminado” le pareció buena idea volver a restringir mas esa disposición, y reducir a una única arma la posesión de los tiradores de tercera categoría, volviendo a ocasionarles mas perjuicios de la misma índole. En esas estamos hoy, donde como no pueden reducir más esa tenencia, (menos de una es cero) están maquinando según se comenta en los mentideros, modos de aplicar una mayor restricción, según la cual se le podría exigir al tirador mayor número de tiradas de las llamadas oficiales, o tal vez se le exigirá además que se participe en tantas modalidades como calibres de armas se posean.
Es este el único deporte donde te obligan por ley a estar federado para poderlo practicar, con lo que de abusivo tiene esto, así como de perjudicial para la cartera del deportista. Las federaciones hacen de su capa un sayo, y el deportista está sometido a la voluntad de unos pocos que manejan el cotarro. También es el único deporte donde las autoridades te obligan a demostrar que lo practicas “oficialmente”, pues no les vale con que lo practiques sin competir. Esto lo convierte en el más injusto de los deportes, y en el más restrictivo de todos ellos.
Sumemos ahora las limitaciones en la adquisición de la munición y en su almacenamiento, la enorme burocracia que se requiere para la práctica de este deporte, petición y renovación de licencias, revistas de armas, peticiones de aumentos de adquisición de municiones, guías de armas, de transporte, etc. y los grandes desembolsos económicos que suponen entre impuestos, pagos a federaciones que te cobran por todo, galerías donde practicar, tasas impuestas por el estado, etc., etc.
Nuestras leyes y reglamentos son tan absurdos, que prevén incluso procesar y encarcelar a los deportistas que poseyeran mas munición de la que permiten almacenar, que en el sumun de lo absurdo lo limita a solo 150 cartuchos para las armas cortas, cuando por el contrario se permite almacenar hasta 5.000 (cinco mil) cartuchos del calibre .12 usados por las escopetas de caza, con mayor carga explosiva. No solo eso; la adquisición de munición en el comercio está limitada a cien cartuchos al año por arma, y ha de anotarse en la guía de ésta (una especie de DNI del arma) y en los libros de la armería que te suministre los cartuchos, que será sometida a regulares inspecciones por parte de la Guardia Civil. Sin embargo, los cartuchos del calibre .12 pueden adquirirse sin ninguna limitación en su número.
Eso si, nuestro absurdo reglamento tiene previsto que la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil pueda conceder permisos para adquirir mayor cantidad (pero con limitaciones igualmente) de munición justificando la necesidad (¿?) el deportista que lo solicita, y quedando a la decisión de estos agentes su concesión.
Normalmente se suelen conceder sin mayores problemas (salvo los puramente burocráticos), entonces, ¿no sería mas lógico permitir adquirir una mucho mayor cantidad de cartuchos a los deportistas provistos de licencia de armas, guías de las mismas y licencia federativa ahorrándonos el engorroso trámite de solicitar esos permisos, y descargar de trabajo de paso a una ya muy saturada Guardia Civil? Y esto es válido para la cantidad de cartuchos que se pueden almacenar en el domicilio del tirador, pues solo un tirador sabe lo molesto que es tener que adquirir la munición en el mismo instante en que la necesita (con la dificultad que le supone si es en un festivo), y que además se contrapone con la prohibición de transportar mas munición de la que se permite almacenar. Dice el reglamento que se podrá adquirir en la galería cantidad ilimitada de munición que no podrá salir de las instalaciones y que deberá ser consumida en ese acto. Estupendo, el problema es que en muchas galerías no venden munición alguna, y en las que la venden, son mas caras que en el comercio, y de muy poca variedad de marcas y capacidades, lo que hace que en no pocas ocasiones, las que la galería vende además de caras sean totalmente inadecuadas para el arma concreta que las necesita disparar, y que solo su propietario conoce.
No es aquí solo donde subsiste el absurdo de este incumplible reglamento, pues lo cojas por donde lo cojas, tiene enormes carencias y contradicciones con la realidad que vivimos. Sirva de ejemplo que todo agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad puede adquirir en propiedad al menos un arma corta para su autoprotección, pero que sin embargo están limitados también a la adquisición de hasta cien cartuchos máximo al año. Por lo tanto, si un agente desea entrenar por su cuenta con su arma, (no voy a comentar aquí ahora como les limitan la munición oficial, que es para llorar) se ve obligado a federarse en tiro olímpico para poder comprar munición en la galería, o para poder obtener un aumento del cupo de adquisición de idéntica forma que el deportista.
¿Alguien puede entender qué fundamento tienen estas limitaciones de munición?
Si vuelvo al asunto de la seguridad, se rebate muy fácil, pues con solo cien cartuchos, puedo ocasionar una verdadera matanza, y si decido hacerlo con una escopeta (arma y licencia muy sencillas de obtener, y de las que existen mas de 2 millones de unidades en manos de particulares) como no me limitan la munición, puedo estar días disparando sin agotarla. De paso decir que el daño que puede hacer una escopeta es infinitamente mayor que el que pueda hacer una pistola o un revólver. Solo la facilidad de ocultación de las segundas sobre la primera es la virtud de éstas. Pero quien quiera hacer daño con una escopeta lo tiene muy fácil, pues se desmontan y montan muy rápidamente, ocupando poco espacio y son muy ocultables. La razón de seguridad pues, no se sostiene.
Podríamos hablar de las licencias de armas de tipo B, y de cómo se obtienen, también dentro del absurdo del reglamento de armas, pero lo dejo para otro artículo que quizá escriba.
No quiero dejar de hacer una pequeña mención al tema de la cartuchería que este absurdo reglamento a dado en llamar “de guerra” (como si existiese algún cartucho que no se pueda utilizar en una guerra) y que puede ser de guerra o no serlo dependiendo del arma en que se utilice. Cosas tan absurdas como obligar a recamarar armas semiautomáticas (algunas automáticas reconvertidas) como por ejemplo el muy español y conocido CETME que originalmente disparaba munición del calibre 7´62 X 51 también conocido como .308 Winchester a otro calibre prácticamente idéntico denominado .307 que es muchísimo mas escaso y bastante caro, porque disparar el cartucho del calibre 7´62 X 51 (.308) lo hace ser de guerra, mientras que si se adquiere para un rifle de cerrojo deja de ser munición de guerra.
Total, que el Cetme tiene más o menos la misma potencia y el mismo peligro con su nueva munición que con la originaria, pero ahora es legal, y el cartucho que es ilegal en el Cetme, como no lo es en un rifle de accionamiento no semiautomático debemos suponer que es menos “bélico” en ese momento. Y como este despropósito, a puñados.Señores, ¿es posible redactar un reglamento de armas y de explosivos lógico, coherente, acorde a las necesidades de los usuarios, razonable y sin absurdos?; y ¿es posible que lo redacte gente que entienda de lo que escribe, de que tema trata, que además escuche a los expertos y más aún a los afectados?. Yo creo que si, pero los hechos se empeñan en convencerme de que no.
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